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Beneficios fiscales
 

Nuevo Penitud opción deducible: 

-Es un estímulo fiscal que se basa en el Art. 218 de la Ley del Impuesto sobre la renta (LISR) que se refiere a cuentas personales para el ahorro y primas de seguros para el retiro. 

-Permite al contratante deducir de impuestos, las aportaciones de ahorro para el retiro que se hayan realizado a este plan hasta por $152,000 pesos anuales.  

 En caso de:  

*Fallecimiento (antes y después del retiro), invalidez o muerte accidental no habrá retención sobre el beneficio económico a entregar.   

*Cancelación Seguros Monterey New York Life retendrá sobre el beneficio económico la entregar el porcentaje definido en la Ley del ISR para ese año.

 Requisitos:

*Por ser un estímulo fiscal para la contratación de esta opción, el pagador de primas (contratante) y el asegurado deberán ser la misma persona física, por lo que no aplica si el contratante es cualquier otra figura. 

*No podrá ser contratada esta opción, si el contratante es una persona Moral.

 

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